DEFENSORÍA DEL PUEBLO RECOMIENDA REGLAMENTAR EL RESARCIMIENTO DE DAÑOS MATERIALES POR DEFICIENCIAS EN EL SERVICIO DE ELECTRICIDAD

 El Ministerio de Energía y Minas debe normar sobre la materia.
 Se han recibido más de 200 quejas por daños materiales y afectación a la salud.

La Defensoría del Pueblo recomendó al Ministerio de Energía y Minas establecer las disposiciones por la cuales las empresas prestadoras del servicio de electricidad cumplan con resarcir los daños que se produzcan en la vivienda y/o artefactos de los usuarios que pudieran haber sido afectados por deficiencias o fallas en el servicio eléctrico y así evitar obligarlos a acudir al Poder Judicial para alcanzar un reparación al daño ocasionado.

La Adjunta para el Medio Ambiente, Servicios Públicos y Pueblos Indígenas, Alicia Abanto Cabanillas, informó que la Defensoría del Pueblo atendió 201 quejas por haber daños materiales como la avería de artefactos eléctricos por variaciones en la tensión y la afectación de viviendas por el colapso de postes, hasta pérdidas de vidas humanas por electrocución, caída de infraestructura y por falta de electricidad para mantener en funcionamiento máquinas que mantenían con vida a pacientes afectados en su salud.

Abanto recordó que el Código de Protección al Consumidor ha establecido la posibilidad de imponer a los proveedores medidas correctivas reparadoras, como la reparación de productos o su sustitución, para así resarcir las consecuencias patrimoniales que podría sufrir el consumidor y también, considerar, que el proveedor adopte las medidas correspondientes a fin de evitar situaciones que pudieran afectar a los usuarios.

“Cabe señalar que en países como Argentina y Ecuador es un derecho de los titulares del servicio de electricidad el resarcimiento de los daños que se produzcan a las instalaciones y/o artefactos de propiedad del usuario, provocadas por deficiencias en la calidad técnica imputables a la distribuidora, debiendo hacerse cargo de la reparación y/o reposición correspondiente“, refirió Abanto.

Por otra parte, Abanto Cabanillas señaló la necesidad de diseñar mecanismos destinados a que las empresas de electricidad, en coordinación con los establecimientos de salud, implementen acciones destinadas a proteger en casos de interrupciones del suministro eléctrico, a aquellas personas cuya vida depende de estar permanentemente conectados a un equipo eléctrico de funcionamiento permanente e ininterrumpido.