El Decreto Supremo Nº058-2021-PCM, declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia del COVID-19, en su artículo 8º aprueba el nivel de alerta muy alto en la Región Pasco.
La Resolución Ministerial Nº225-2020-MINSA de fecha 23 de abril del 2020, se declara ALERTA ROJA en los Establecimientos de Salud y oferta móvil complementaria instalada a nivel nacional, ante los efectos del COVID-19.
El Centro de Prevención y Control de Emergencias y Desastres ha identificado riesgos que pueden presentarse durante las elecciones generales 2021 y con la finalidad de garantizar una adecuada respuesta rápida y oportuna en la atención de los servicios de salud en la Región, se debe cumplir con las siguientes acciones de previsión básica:
1. Cumplimiento estricto del rol de turnos establecido en los Establecimientos de Salud, y de presentarse alguna situación de emergencia el personal que se encuentra en reten domiciliario y se considera necesario en la respuesta a la emergencia deberá acudir inmediatamente al establecimiento.
2. Garantizar la operatividad del Sistema de comunicación y transporte, Radiofonía (HF, UHF, VHF), Telefonía fija, móvil, correo electrónico. Ambulancias equipadas y con el personal necesario para el traslado de pacientes médico, enfermero y conductor, así como el combustible para 24-48 horas, proveer vale de contingencia.
3. Asegurar la disponibilidad de camas libres. Se contará al menos con el 20% de camas libres considerando las siguientes áreas: Emergencia, Hospitalización, UCI, Sala de Partos y Recuperación.
4. Los establecimientos de salud en el I nivel de atención continúan siendo lugares de atención para casos de COVID-19, asegurando ofertar el diagnóstico y manejo inicial de casos.
5. Los Hospitales en general y establecimientos de salud con capacidad para hospitalización, deberán evaluar la capacidad de oferta de sus servicios debiendo valorar la activación y/o reactivación de camas hospitalarias incremento en su demanda.
6. Garantizar la existencia de un adecuado stock de medicina e insumos para la atención de los pacientes y Kits de emergencias.
7. Asegurar la continuidad de los servicios contando con reservas de agua segura, alimentos y combustible; así como la operatividad de la casa de fuerza y del grupo electrógeno.
8. Mantener la comunicación y coordinación permanente con los Establecimientos de Salud de referencia y contrarreferencia y entre las instancias de Gestión de Riesgo para la respuesta ante eventos adversos de aparición súbita como consecuencias de la Emergencia.
9. Disponer un responsable oficial para la comunicación y brindar información permanente a los medios de comunicación y especialmente familiares que lo demanden.
10. Disponibilidad inmediata a todo el Personal Brigadista de Intervención inicial. Siendo los responsables EDAN de los Establecimientos de Salud a los que pertenecen, ante la ocurrencia de un evento adverso y/o desastre.
11. La ambulancia del CPCED y de los Establecimientos de Salud, vienen garantizando la atención pre hospitalaria.
12. Ante cualquier incidente llamar al 106 Central de Emergencia, Celular: 958412251 y 932341308.
Los Espacios de Monitoreo de Emergencias y Desastres EMED se encuentran operativos las 24 horas y pueden canalizar información oficial de los posibles daños a la salud para la adecuada toma de decisiones por parte de la DIRESA.
Dichas acciones deben mantenerse mientras persista la situación adversa indicada y el riesgo eventual de daño a la salud de las personas.