HORARIO FAMILIAR: ¿QUÉ ES Y PARA QUÉ SIRVE?

El horario familiar o también conocido como “horario de protección al menor” es una franja horaria que busca proteger a los niños, niñas y adolescentes (NNA) de contenidos inapropiados en la radio y la televisión de señal abierta.

Según el artículo 40 de la Ley de Radio y Televisión (Ley 28278), durante la 6 a. m. y las 10 p. m., la programación debe evitar los contenidos violentos, obscenos u otros que puedan afectar los valores inherentes de los NNA y la familia. De caso contrario, el titular de radio o TV estaría cometiendo una infracción grave (artículo 76) y pudiendo recibir una multa de hasta 30 UIT (artículo 82).

El código de ética para la prestación de servicios de radiodifusión, elaborado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), agrega que durante el horario familiar debe primar el principio del interés superior del niño y del adolescente, orientado a garantizar el respeto de sus derechos.
 
Asimismo, los programas que se difundan fuera del horario familiar deberán mostrar una advertencia previa, escrita y verbal. El código de ética del MTC demanda el cumplimiento de las franjas horarias: “Apto para todos” (durante el horario familiar), “Apto para mayores de 14” y “Apto solo para adultos”.

El Consejo Consultivo de Radio y Televisión (Concortv) recuerda que cualquier ciudadano o ciudadana puede quejarse cuando considere que un programa de radio o TV incumple el horario familiar. Para ello deberá presentar su queja al medio de comunicación (o asociación de medios, según corresponda) por la vía escrita, telefónica o web. Si el medio no responde, puede presentar una denuncia ante el MTC.