DELITOS ECONÓMICOS

Por: Jorge M. Chunga Martínez 
Perito Contable-Asesor de Empresas
Email: peritosjudiciales1@gmail.com

Foto: Almendra Silvana Chunga Yupanqui.
El último decenio el país ha marcado la ruta de crecimiento en la economía, acompañado de nuevas oportunidades de negocio; pero también nos persigue diferentes delitos que se aúnen a los ya existentes, a pesar que contamos con la normatividad pero como toda Ley, los consumidores de la misma siempre encuentran una “ventana” para lograr sus pretensiones. El delito económico y el fraude se han convertido en crímenes empresariales, es así que nace la ley de delitos informáticos que su objeto es prevenir y sancionar las conductas ilícitas que afectan los sistemas, datos informáticos, bienes jurídicos entre otras; cometidos mediante la aplicación de tecnologías de la información y comunicación-TIC, nos referimos a la Ley N° 30096 que su contexto tiene la finalidad de garantizar la lucha eficaz contra la ciberdelincuencia.

Si queremos conceptualizar los delitos económicos, estos son operaciones o acciones que se realizan para conseguir un beneficio propio a costa de dañar la economía de otra persona, organización empresarial o entidad bancaria. Este tipo de delitos tiene una expresión de no violencia, pero ocasionan pérdidas financieras a inversionistas casi irreversibles.

MANIFESTACION DEL DELITO

Estos se pueden manifestar no teniendo en cuenta el tamaño o tipo de empresa; así tenemos que la apropiación ilícita es el tipo más común en las organizaciones, incluyendo el desfalco y fraude, cometidos comúnmente por los colaboradores o empleados. Pero también existe el tipo Fraude Contable, corrupción, la ciberdelincuencia y lavado de activos.

Gama de manifestaciones de tipología delictiva, que están ganando posicionamiento en su actuar criminal en las entidades públicas y privadas, es conocido el modus operandi de algunos gobiernos locales y regionales en los últimos años; así mismos los ministerios fueron minados sistemáticamente por los licitados y licitadores para en contubernio sacar ventaja en tal adjudicación de proyecto u obra a ejecutar (club de la construcción).

MEDIDAS PARA ATENUAR EL DELITO

Desde un empleado hasta un directivo de empresa puede ser autor o coautor del crimen económico; desde los controles tecnológicos, manuales o visitas inopinadas no escapan del crimen, tampoco las auditorias, arqueos de fondos, etc. En estas épocas de ingeniería social y ciberseguridad, se debe apostar por herramientas de prevención como el SISTEMA DE GESTION DEL RIESGO DE FRAUDE, vinculando su accionar a Directores, Accionistas y apoderados. Podemos recurrir a un sistema que proteja y preserve la integridad organizacional como el ISO 37001, que su implementación ayuda a prevenir, detectar y tratar el soborno.

DENUNCIAR EL CRIMEN

¿Denunciar estos crimines ante las autoridades competentes será la solución? Como todo delito que es reportado a las autoridades, no es confiable o los resultados buscando justicia resultan contraproducente a los intereses de las victimas (costo-beneficio).

Lo entes de control como la Contraloría General de la Republica-CGR, su accionar está debilitado o sus herramientas de control están desfasadas, los órganos de OCI a cargo también de la CGR no aportaron en empoderar una praxis de sistema de control gubernamental ONLINE, su control simultaneo o control posterior fueron quebrantados por las grandes constructoras por citar un rubro; deficiencia que se suma a sesgadas medidas de transparencia y prevención de la Contraloría General de la Republica desde el funcionario de mayor rango a cargo que debe ser ejercido por un experto en contabilidad, Auditoría y control gubernamental; en marco de la Ley orgánica del sistema nacional de control.

Contexto que involucra la participación del poder judicial, al sistema nacional de control, la contraloría general de la república, autoridades Regionales y locales, la sociedad civil; teniendo antecedentes de resultados en corrupción de funcionarios públicos.
Jorge M. Chunga Martínez