PROYECTOS DE LEY SOBRE PADRONES DE AFILIADOS VULNERARÍAN VARIOS PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Propuestas que se evalúan en el Congreso desvirtuarían el carácter de cosa juzgada y el principio de irretroactividad de las normas, precisa

Los proyectos de ley que se evalúan en el Congreso de la República para modificar el trámite de la inscripción de padrones de afiliados vulnerarían varios principios constitucionales de ser aprobados tal como están planteados, recordemos que dichos padrones se presentaban hasta el 5 de enero de 2022 ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).

Así lo consideró el especialista en derecho constitucional y electoral, José Naupari, al analizar el alcance de los proyectos 1227/2021-CR y 1271/2021-CR, cuya eventual aprobación por el Parlamento, señaló, contravendría el principio de irretroactividad de las normas contenido en el artículo 103 de la Constitución Política.

Tal situación implicaría que, mediante una ley, se desvirtúe el carácter de cosa juzgada que tienen las resoluciones emitidas por el Pleno del JNE, contraviniendo el artículo 181 de la Carta Magna la cual señala que tales resoluciones son dictadas en instancia final y definitiva, no son revisables y contra ellas no procede recurso alguno.

“Ello significaría que, si se aprueban ambos proyectos en los términos en los que vienen siendo planteados, estos serían inconstitucionales”, subrayó en entrevista con el canal institucional JNE TV.

Explicó que sería contraproducente para los principios de seguridad jurídica, preclusión y predictibilidad que pueda modificarse la normativa, luego de convocado un proceso electoral, con un cronograma en marcha y con hitos que vienen precluyendo.

Naupari dijo que el proyecto 1271/2021-CR ni siquiera es una norma interpretativa, como se ha querido denominar, pues el plazo para presentar solicitudes de inscripción de padrones de afiliados ya venció y está vigente la Resolución N.° 907-2021-JNE que reglamentó el proceso de inscripción de los padrones de afiliados de las organizaciones políticas, la cual ya desplegó sus efectos.

“Pudo sacarse una norma interpretativa hasta antes del 5 de enero, pero no después, luego que ya venció el plazo, cuando ya se pronunció el ROP y el JNE.

Esta es una norma innovativa y estaríamos ante un precedente sumamente negativo si es que se contraviene las reglas de inmodificabilidad de las normas y se termina aprobando este tipo de iniciativas”, enfatizó.