EL INDECOPI APROBÓ DIRECTIVA QUE ACELERA LA SOLUCIÓN DE LAS DENUNCIAS PRESENTADAS ANTE LOS ÓRGANOS DE PROCEDIMIENTOS SUMARÍSIMOS

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) aprobó la Directiva que modifica las reglas que se aplican a los Procedimientos Sumarísimos en materia de protección al consumidor. Estas reglas están alineadas a las mejoras implementadas recientemente en el Código de Protección y Defensa del Consumidor y a la simplificación administrativa del Indecopi, mediante el D. L. N° 1308.

En ese sentido, las modificaciones buscan que los procedimientos sumarísimos que aplica el Indecopi para resolver los conflictos relacionados a productos y servicios, cuyo monto no exceda las tres unidades impositivas tributarias (S/ 12 150), sean realmente rápidos, como su nombre lo indica.

Por ello, se dispone que los procedimientos ante estos organismos concluirán, de manera anticipada, en cualquier etapa del mismo, siempre y cuando haya una conciliación, mediación, transacción, o cualquier otro acuerdo entre denunciante y denunciado que deje constancia que la controversia ha sido solucionada.

Asimismo, ya no contempla el recurso de revisión -eliminado por el D.L. N° 1308- por lo que las denuncias solo tendrán dos instancias. De esta manera se dará mayor celeridad a la solución de los conflictos. Cabe indicar que casi el 85% de los recursos de revisión que activaban la tercera instancia no prosperaban, ya sea por ser improcedentes o infundados.

En esa misma línea, esta directiva elimina la etapa de evaluación previa de la denuncia, y en su lugar se exige verificar el cumplimiento de los requisitos en el momento de presentarla, reduce a cinco días el plazo para la emisión de la resolución de inicio de procedimiento sumarísimo y a cinco días el plazo para la presentación de los descargos.

También dispone que se proceda con la imposición de multas coercitivas por incumplimiento de las medidas correctivas, a pedido de parte, las cuales no podrán ser apelables ante el Indecopi, sino impugnadas ante el Poder Judicial.

La directiva, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano (https://goo.gl/nVnLrD), entrará en vigencia el 15 de mayo del presente año y es de aplicación inmediata a todos los procedimientos, incluso a los que se encuentren en trámite en dicha fecha.