El Indecopi inaplicó, en el distrito de Puno, la tercera barrera burocrática ilegal con efectos generales que prohibía la autorización para servicio de taxi

Municipalidad Provincial de Puno no pudo fundamentar ordenanza ni el decreto de alcaldía por el cual suspendió el otorgamiento de permisos para este servicio.

La Comisión de la Oficina Regional del Indecopi en Puno inaplicó, con efectos generales, la barrera burocrática ilegal que prohibía la obtención de una autorización para prestar servicio de transporte público de pasajeros (servicio de taxi). Esta fue impuesta por la Municipalidad Provincial de Puno.

Se trata de la tercera resolución con efectos generales que publica el Indecopi. Esta vez, en el distrito de Puno, cuya Municipalidad Provincial mediante Ordenanza Municipal N° 288-2010 y Decreto de Alcaldía 006-2016-MPP/SG ordenó la suspensión del otorgamiento de autorizaciones para prestar servicio de taxi.

Dicha disposición fue declarada barrera burocrática ilegal por la Comisión de Puno al considerarla una prohibición sin fundamento por parte de la autoridad edil y como una negativa de ejercer su atribución, que es la de evaluar las solicitudes de autorización para el servicio de transporte en la ciudad.

En ese sentido, los artículos 72.2° y 73° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, precisan que para que una autoridad administrativa pueda abstenerse de ejercer una atribución a su cargo debe existir una ley o un mandato judicial expreso o requerirse que el Poder Judicial lo resuelva de manera previa a su pronunciamiento, situación que no fue acreditada por la municipalidad.

Es importante precisar que, si bien esta comuna ya no podrá imponer la referida prohibición en todo el distrito de Puno, no desconoce la facultad de la autoridad edil para evaluar conforme a la normatividad vigente, las solicitudes para la obtención de autorizaciones para prestar el servicio de taxi.

La institución dio esta resolución en el marco de la Ley de Eliminación y Prevención de Barreras Burocráticas (más conocida como ‘Ley Antibarreras’), aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1256 del Poder Ejecutivo.

La Resolución de la Comisión es pública y puede revisarse en el siguiente enlace: 7-2017/CEB-INDECOPI-PUN

Cabe precisar que el Indecopi, ya ha declarado barrera burocrática ilegal, con efectos generales, la exigencia de la tramitación de carnés de sanidad para ejercer actividades económicas por parte de la Municipalidad Distrital de La Perla (Callao).

Lo mismo ha ocurrido con la evaluación que realizaba la Municipalidad de Punta Negra, por un plazo de 15 días hábiles, para responder las solicitudes sobre ‘Conformidad de obra con variación y declaración de fábrica modalidad A’, cuando la ley precisaba que esta debería ser en forma automática. Asimismo, con la imposición de un plazo de quince días hábiles para tramitar los procedimientos referidos a la ‘Conformidad de obra con variación y declaración de fábrica en las modalidades B y C’, cuando esta debería calcularse en días calendario.

Puno, 16 de octubre de 2017

Glosario

- Barrera burocrática:

Es todo requisito, obligación, prohibición, limitación o cobro que realiza el Estado a través de sus diferentes entidades (municipalidades, gobiernos regionales ministerios, entre otros) para la realización de algún tipo de actividad económica y/o trámite (autorizaciones, licencias, entre otros).

- Ley de Procedimiento Administrativo General:

Artículo 72.2° Solo por ley o mediante mandato judicial expreso, en un caso concreto, puede ser exigible a una autoridad no ejercer alguna atribución administrativa de su competencia.

Artículo 73° Conflicto con la función jurisdiccional

73.1 Cuando, durante la tramitación de un procedimiento, la autoridad administrativa adquiere conocimiento que se está tramitando en sede jurisdiccional una cuestión litigiosa entre dos administrados sobre determinadas relaciones de derecho privado que precisen ser esclarecidas previamente al pronunciamiento administrativo, solicitará al órgano jurisdiccional comunicación sobre las actuaciones realizadas.