CUATRO AÑOS DE CÁRCEL PARA EX FUNCIONARIO PÚBLICO QUE FALSIFICÓ TÍTULO PROFESIONAL

* Sentenciado se acogió a la conclusión anticipada.

El Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Daniel Alcides Carrión de la Corte Superior de Justicia de Pasco, condenó al acusado César Raúl Trujillo Alvarado, como autor del delito de ejercicio ilegal de la profesión, en agravio de la Agencia Agraria de Daniel A. Carrión; y como autor del delito de falsificación de documento público, en agravio de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión y de Yony Blanco Alania; en consecuencia se le impone cuatro años de pena privativa de la libertad con carácter efectiva, la misma de debe computarse desde el 11 de abril del 2018 y vencerá el 10 de abril del 2022, fecha en la que será puesto en libertad, siempre y cuando no medie otro mandato de detención o prisión preventiva en su contra. Estando presente el acusado se dispone oficiar al INPE poniendo a disposición del sentenciado para su internamiento en el penal que se designe.

Fijó por concepto de reparación civil la suma de S/. 2,500.00, a favor de Agencia Agraria Daniel Alcides Carrión; S/. 1,000.00 para la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión; y S/. 2,000.00, a favor de Yony Blanco Alania. Por concepto de multa, deberá pagar al tesoro público, S/.187.05.

El ahora sentenciado, se acogió a la conclusión anticipada de juicio, por lo que el Fiscal y el acusado solicitaron la suspensión de la pena por el periodo de tres años, al haber arribado a la pena concreta de cuatro años de pena privativa de libertad. Sin embargo, el juez, Giovanni Félix Palma, consideró que la pena solicitada con carácter suspendida debe ser desaprobada, ya que ésta judicatura no comparte el criterio optado por el Fiscal y el acusado, por la siguiente razón: en primer lugar el acusado de manera dolosa procedió a falsificar el título profesional de Ingeniero Zootecnista, para luego asumir un cargo de confianza de Director de la Agencia Agraria de Daniel Carrión – Dirección Regional de Agricultura de Gobierno Regional de Pasco, infringiendo todo tipo de valores éticos y morales que corresponden a un funcionario público del Estado, quien por el cargo desempeñado tuvo la facultad de decidir asuntos de interés institucional, es más los actos administrativos suscritos como Director de la Agencia Agraria de Daniel Carrión devendrían en nulos causando un perjuicio a la institución de la Dirección Agraria.

Esta forma cómo es el acusado habría cometido el delito, a criterio de esta judicatura resulta de suma gravedad, ya que el acusado mostró una actitud dolosa en la comisión de los hechos imputados, por tanto la pena suspendida no podría ser necesario para la resocialización del acusado, dicho de otro modo, en el supuesto de aprobarse una pena suspendida, a criterio de este despacho el acusado volvería a infringir normas penales. Aunado a ello, el Fiscal le imputa el concurso real de delitos, por lo que esta judicatura considera que la pena efectiva de cuatro años, resulta razonable, por el cargo desempeñado como Director de una agencia agraria, dicho de otro modo, el acusado no laboró en calidad de subordinado o servidor público, sino en condición de funcionario público con capacidad de toma de decisiones en la agencia agraria de la provincia de Daniel Alcides Carrión, siendo ello así, debe desaprobarse la pena suspendida y aplicarse la pena efectiva de cuatro años, que resulta congruente y razonable, conforme a los hechos suscitados y el resarcimiento del daño.