NUEVE MESES DE PRISIÓN PREVENTIVA PARA DOCENTE DE LA UNDAC QUE HABRÍA COBRADO PARA APROBAR CURSO.

• Revocaron la resolución de comparecencia y dispusieron la captura e internamiento en el Penal de Cochamarca.

La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Pasco, integrado por los Jueces Superiores el Dr. Jorge Balbín Olivera como Presidente de Sala e integrados por sus miembros Dr. David Ernesto Mapelli Palomino quien interviene como Director de Debates y Dra. Flor De María Ayala Espinoza, revocaron la resolución de comparecencia con restricciones  dictada por el primer juzgado de investigación preparatoria  y declararon fundado el requerimiento de prisión preventiva  por el periodo de nueve meses, solicitado por la Fiscalía  Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Pasco, contra Manuel Rafael Rocca Valverde  quien viene siendo investigado por el delito de cohecho pasivo propio, en agravio de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión de Pasco, dispusieron la captura e internamiento en el Penal de Cochamarca.

Como se recuerda un grupo de estudiantes presentó la denuncia contra el profesor Manuel Rafael Rocca Valverde, catedrático de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión (Pasco), en la que presuntamente, había pedido dinero para aprobarlos en el curso que dicta en esta universidad, por lo que la Policía Anticorrupción y la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios iniciaron los operativos y fotocopiaron los billetes entregados a Rocca Valverde, que en total sumaban alrededor de S/6 mil.

El Fiscal indicó “que los hechos denunciados el trece de diciembre de 2017 por la persona de Rousbel Víctor Valdivia Morales, en la que  el día 12 de diciembre se entera que la alumna Yessica Mosquera Fuero estaba solicitando dinero a los alumnos  del octavo y decimo semestre para que aprueben el curso del docente Ingeniero Manuel Rafael Rocca Valverde, entre 300 y 400 soles, quienes debería asistir a un "seminario". El Juez no ha valorado como graves elementos de convicción, el hecho de que Yessica Mosquera recababa el dinero porque el imputado le había indicado una mínima de desaprobados, recepcionó el dinero bajo el pretexto de realizarse un "Seminario" lo cual no estaba previsto en el sillabus, Yessica Mosquera era la delegada o coordinadora. Las Actas redactadas constituyen graves y fundados elementos de convicción que vinculan al procesado con los hechos. Se intervino a Yessica Mosquera y a Artemio Aliaga, se les encuentra el dinero y la relación de alumnos. Se realizó el operativo para intervenir en flagrancia, se copiaron los billetes y se aplico sustancia de impregnación. Se tiene también la relación de alumnos que aportaron el dinero de ambas facultades, los de Hidrobiología e Hidrocarburos. En la intervención se encontró el dinero en poder del imputado. Existen otros actos de investigación, pero lo señalado constituyen los graves elementos que lo vinculan con el delito. Son delitos clandestinos, no estamos hablando de indicios sino de pruebas que lo vinculan directamente, existe flagrancia delictiva”. 

Tras un análisis minucioso  de los elementos de convicción y los alegatos de las partes, los magistrados revocaron  la resolución número dos de fecha diecisiete de diciembre de dos mil diecisiete,  emitida por el Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Pasco, que resolvió declarar infundado el requerimiento de prisión preventiva  imponiendo  la medida personal de comparecencia con restricciones, reformándola declararon fundado el requerimiento de prisión preventiva  por el periodo de nueve meses, solicitado por la Fiscalía  Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Judicial de Pasco – Primer despacho, contra Manuel Rafael Rocca Valverde  quien viene siendo investigado por el delito de cohecho pasivo propio, tipificado en el artículo 393° Segundo párrafo del Código Penal vigente en agravio de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión de Pasco, que serán contados o se computara desde que se ponga a derecho o se produzca  su captura e internamiento en el Penal de Cochamarca - Vicco - Pasco.