JNE REMITIRÁ AL CONGRESO PROYECTO DE LEY QUE FORTALECE LAS ELECCIONES INTERNAS EN LAS ERM-2022

Se plantea que estos comicios sean por voto universal de los afiliados y que solo podrán presentar candidatos las organizaciones que obtengan al menos el 10 por ciento de participación en estas elecciones

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) remitirá al Congreso de la República un proyecto de ley mediante el cual se introducen disposiciones transitorias que fortalecen las elecciones internas de las organizaciones políticas para elegir candidatos que participarán en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM-2022).

Así, mediante un acuerdo del colegiado electoral, del 27 de octubre del presente año, se aprobó, por mayoría, la propuesta legislativa que plantea que los comicios internos en las agrupaciones políticas se realicen por voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados, para propiciar la mayor participación de los integrantes de las organizaciones.

La iniciativa también contempla que los partidos políticos, movimientos regionales y alianzas electorales requieren alcanzar, como mínimo, el 10 por ciento de participación de los afiliados en dichos comicios para poder presentar candidatos en las ERM-2022. De lo contrario, las agrupaciones no podrán hacerlo y, además, perderán su inscripción ante el Registro de Organizaciones Políticas (ROP).

De esta manera, se introduce la novena y décima disposición transitoria en la Ley 28094, Ley de Organizaciones Políticas, las cuales podrán ser aplicadas en caso el Parlamento opte por suspender las Elecciones Primarias que prevé la norma para las ERM-2022.

El proyecto de ley se encuentra acorde con la política de Estado N°1 del Acuerdo Nacional, orientada a consolidar el régimen democrático y el Estado de Derecho para asegurar un clima de estabilidad y cooperación política, así como a promover la competencia democrática y garantizar elecciones libres y transparentes.

Mediante la citada propuesta, el JNE actúa en ejercicio de la facultad de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 178 la Constitución Política y en observancia de los requisitos exigidos por los artículos 75 y 76, numeral 4, del Texto Único Ordenado del Reglamento del Congreso de la República.

Texto sustitutorio

De otro lado, el JNE precisa que el texto sustitutorio de las normas electorales que viene modificando el Legislativo recién le fue alcanzado en el transcurso del día de hoy pues ha sufrido varias modificaciones, en vista de lo cual se encuentra en plena revisión técnica del mismo.