JNE PRECISA MARCO NORMATIVO PARA ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES

Comprende los reglamentos de inscripción de listas de candidatos, de propaganda electoral y publicidad estatal, entre otras disposiciones

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó el marco normativo que regirá en las Elecciones Regionales y Municipales, a realizarse el 2 de octubre próximo en todo el país, con la finalidad de optimizar el principio de seguridad jurídica que es propio de todo proceso electoral.

En la Resolución N. ° 0127-2022-JNE se señala que siendo la función del JNE la fiscalización de la legalidad del proceso electoral le compete precisar, en tiempo oportuno y en forma adecuada, la normativa que será aplicable a los citados comicios.

En ese sentido, le corresponde compilar en un solo acto el bagaje normativo para las ERM 2022 de manera que garantice su normal desarrollo, así como el ejercicio de los derechos políticos de los actores intervinientes, con relación a la intangibilidad de las normas y las reglas que son aplicables al mencionado proceso electoral, de conformidad con los hitos señalados en el cronograma electoral.

Las normas que regirán los referidos comicios son: la Constitución Política del Perú, Ley Orgánica del JNE, Ley Orgánica de Elecciones, Ley de Elecciones Regionales, Ley de Elecciones Municipales, Ley de Organizaciones Políticas y Ley que crea la Ventanilla Única de Antecedentes para Uso Electoral.

Igualmente, las resoluciones que aprueban el cronograma de elecciones internas, el cronograma electoral de las ERM 2022 y las reglas sobre el trámite de solicitudes de nulidad de votación de mesa de sufragio y de nulidad de votación de elecciones; así como las resoluciones que determinan el número de consejeros regionales y de regidores (provinciales y distritales) a ser elegidos, y la aplicación de la cuota nativa.

Otras resoluciones que también regirán el proceso electoral son aquellas referidas a renuncias y licencias de funcionarios que participen en el proceso, a la definición de 93 circunscripciones administrativas y de justicia electoral para el proceso, y al establecimiento del horario de recepción virtual de documentos.

Se comprende también a los reglamentos sobre inscripción de fórmulas y listas de candidatos; propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad; declaración jurada de hoja de vida de candidatos; encuestas electorales; participación de personeros; procedimiento de aplicación a las actas observadas, actas con votos impugnados y actas con solicitud de nulidad; y casillas electrónicas del JNE.

También serán aplicables a las ERM 2022 los reglamentos sobre participación de personeros; audiencias públicas; competencias del JNE en elecciones internas; fiscalización y procedimiento sancionador sobre conducta prohibida en propaganda electoral; observación electoral; justificación y dispensa electoral; y gestión de los JEE en el contexto de la emergencia sanitaria.

Dichas normas permitirán a las agrupaciones políticas, candidatos y electores conocer con claridad las reglas que serán de observancia en los comicios convocados para este año, a fin de que puedan ejercer de manera eficaz sus derechos políticos consagrados en la Constitución Política.

De esta manera, el Pleno del JNE busca brindar seguridad a los procedimientos administrativos y jurisdiccionales, con el propósito de que redunden en un óptimo desenvolvimiento del proceso electoral.