ES RESPONSABILIDAD DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS PRESENTAR CORRECTAMENTE SU DOCUMENTACIÓN

Especialista de la institución, Ruby Castro, dijo que muchas veces se espera el último minuto del plazo que se otorga para presentar subsanaciones  

Las organizaciones políticas que se encuentran en proceso de inscripción tienen la  responsabilidad de asegurarse que la documentación que presentan para lograr tal propósito esté correcta, consideró la especialista del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Ruby Castro Arévalo.

En entrevista con JNE TV, canal institucional del JNE, indicó que una de las observaciones más frecuentes que se les hace a las agrupaciones solicitantes está referida al número de afiliados al padrón.

Al respecto, precisó que “en el caso de un partido político, si bien con la solicitud de inscripción presenta más de 25 mil firmas de afiliados al padrón, esto pasa por un proceso de depuración en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), con lo cual este número de firmas puede disminuir considerablemente”.

Señaló que  la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP) del JNE, al observar la solicitud de inscripción de una fuerza política, le da el plazo previsto por el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas para la subsanación correspondiente, que puede ser de 90 días si se trata de un partido político y de 60 días si es un movimiento regional, en caso no alcancen el número mínimo de afiliados requerido por la norma

La abogada del DNROP dijo que en muchas ocasiones las organizaciones políticas, antes de presentar a sus afiliados, no verifican que estos no se encuentren previamente afiliados a otras agrupaciones y tampoco verifican que el número del DNI esté correctamente escrito o que corresponda al ciudadano que consignó su firma en la ficha de afiliación.

Refirió que similar situación se presenta con la acreditación de comités partidarios. “Si presentan exactamente 50 afiliados por cada comité, que es el mínimo exigido, se debe tener en cuenta que ese número se puede reducir como consecuencia de la verificación de firmas del Reniec”, remarcó.

Por tal razón, Castro Arévalo recomendó a las organizaciones políticas presentar siempre un número mayor de afiliados al que exige la norma, para ambos casos, y así evitar que luego de la verificación efectuada por el Reniec no alcancen el mínimo exigido por ley.
 
Asimismo, lamentó que muchas agrupaciones políticas esperen el último minuto del plazo que se les otorga para presentar sus subsanaciones, lo que hace que muchas veces no puedan superar esta etapa y sus agrupaciones finalmente no puedan lograr su inscripción.