El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) rechazó el recurso presentado por Renovación Popular que buscaba anular todas las actas de sufragio de la serie 900000, correspondientes a mesas instaladas en centros poblados y comunidades rurales alejadas del país durante las Elecciones Generales 2026.
La decisión, emitida mediante la Resolución N.° 1122-2026-JNE, ratifica la legalidad de los votos emitidos por miles de ciudadanos del Perú rural e indígena, desestimando los argumentos planteados por la agrupación política liderada por Rafael López Aliaga.
La apelación había sido promovida por el personero legal alterno del partido, Fernando Sandoval Ruiz, quien sostenía que las mesas especiales habilitadas por la ONPE constituían un mecanismo “inconstitucional” y fuera del marco legal.
Sin embargo, el pleno del JNE concluyó que el pedido carecía de sustento técnico y jurídico. Además, recordó que las mesas de la serie 900000 existen desde hace más de veinte años como una herramienta de inclusión electoral para acercar el voto a las poblaciones más alejadas del país.
El organismo electoral precisó también que todos los ciudadanos que sufragan en dichas mesas forman parte del padrón oficial elaborado por Reniec, descartando cualquier irregularidad.
La controversia ha generado fuertes cuestionamientos contra Renovación Popular, debido a la contradicción entre su discurso permanente de “defensa de la democracia” y su intento de anular los votos de ciudadanos de comunidades rurales y centros poblados, históricamente relegados por el Estado.
Diversos sectores consideraron preocupante que se pretendiera invalidar el sufragio de miles de peruanos únicamente por pertenecer a zonas alejadas, poniendo en debate los límites entre la fiscalización electoral y el desconocimiento del derecho ciudadano al voto.
Con este fallo definitivo, el JNE reafirmó la validez del proceso electoral y blindó el derecho de participación política de las poblaciones rurales del país.
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