✓ Consumidores tienen derecho al pago anticipado, con la consecuente reducción de intereses, cuotas y gastos que se ocasionen.
✓ Entidad bancaria no apeló sanción. Multa impuesta alcanza los S/. 115,500

Ante la negativa de la citada entidad, el Indecopi intervino como Autoridad Nacional de Protección del Consumidor, constatando infracciones al artículo 86 del Código de Protección y Defensa del Consumidor. Este artículo se refiere al derecho que tienen los consumidores a efectuar el pago anticipado de sus deudas con la respectiva reducción de intereses,cuotas y los gastos que estos ocasionen.
La norma precisa que“los consumidores tienen derecho,en toda operación de crédito a plazos bajo el sistema de cuotas o similares,a efectuar el pago anticipado o prepago de los saldos,en forma total o parcial”.
Ello significa una reducción de los intereses compensatorios generados al día de pago y liquidación de comisiones y gastos derivados de las cláusulas contractual espactadas entre las partes, sin que les sean aplicables penalidades de algún tipo o cobros de naturaleza o efecto similar.
La sanción impuesta a Mi Banco,equivalente a S/.115,500 (ciento quince mil quinientos nuevos soles), no fue apelada por la entidad financiera.