PRESENTAN PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 30° Y 70 DE LA LEY DE RADIO Y TELEVISIÓN

Un Proyecto de Ley que modifica los artículos 30° y 70° - A de la Ley 28278, Ley de Radio y Televisión, fue presentado por la congresista Rosa María Bartra Barriga de Fuerza Popular.


Entre los argumentos que señala el proyecto de Ley, es la de fomentar el desarrollo de los servicios de radio y televisión en el país y su formalización, mediante la modificación de la Ley de Radio y TelevisiónLey N° 28278. Contemplando, además plazos de regularización para las estaciones de radio y televisión, a fin de cumplir con sus obligaciones previstas en las normas.

El proyecto de Ley fue visto en la Comisión Permanente y se acordó pasar a la Comisión de Transportes y Comunicaciones para su previo debate.

Los artículos que se pretenden modificar son los siguientes: Artículo 30° y 70° - A de la Ley N° 28278Ley de Radio y Televisión.

Artículo 30°.- Causales para dejar sin efecto la autorización l
a autorización quedará sin efecto por:

[…]
Para dejar sin efecto la autorización, se requerirá previamente al titular, el respectivo cumplimiento en un plazo no menor a 30 días contados desde su emplazamiento, a cuyo vencimiento se expedirá la resolución que deje sin efecto la respectiva autorización.
Esta disposición es aplicable también a los procedimientos de renovación cuando se observe la falta de algún requisito o condición, otorgándosele el mismo plazo para su cumplimiento.
Artículo 70°.- Medidas Correctivas 
La autoridad competente deberá dictar medidas destinadas a corregir o cesar una situación irregular detectada antes de iniciar un procedimiento sancionador. El acatamiento aprobado, por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de la medida correctiva no da lugar a inicio del procedimiento sancionador.
En las Disposiciones complementarias, la propuesta legislativa pide que la modificación del Artículo 70° - A, se aplique a los procedimientos administrativos y sancionadores en curso.