ELECTROCENTRO REINICIA LECTURA DE MEDIDORES DE LUZ EN PASCO

Personal se desplaza por todos los distritos de su zona de concesión cumpliendo protocolos de bioseguridad.

Con el propósito de transparentar el registro de los consumos de energía eléctrica facturados en los meses del Estado de Emergencia decretado por el Gobierno para enfrentar el coronavirus (COVID-19), el personal de Electrocentro S.A. empezó a tomar la lectura de los medidores de energía eléctrica de la totalidad de sus clientes en Pasco. 

Cumpliendo los protocolos y medidas de bioseguridad, la toma de lecturas en el campo permitirá corregir cualquier inconsistencia que se haya presentado con la facturación en los meses de marzo y abril, labores que se realizarón en cumplimiento al Art. 11 del Decreto de Urgencia N° 035-2020, que establece el desarrollo de las actividades de comercialización de los servicios públicos de electricidad y donde se autoriza la emisión de los recibos por el consumo de electricidad, utilizando métodos de cálculo que se ajusten al perfil de consumo de los últimos seis meses, tomando como referencia las lecturas reales.

Respecto a la facturación que correspondiente al mes de mayo, se realizará de acuerdo lo que indica el medidor de cada usuario y ayudará a conocer el consumo real de cada cliente en los meses de marzo y abril del 2020. Posteriormente, se procederá con la validación y liquidación de los montos. De existir saldos a favor del usuario - que hayan hecho efectivo el pago – se le emitirá una nota de crédito automático para sus facturaciones de los próximos meses.

Asimismo, Electrocentro S.A. fraccionará la deuda de los clientes considerados vulnerables, por presentar consumos mensuales menores a 100 kWh. Dichos usuarios pagarán sus deudas de marzo, abril y mayo hasta en 24 meses cero intereses y moras en los recibos posteriores.

Por otro lado, el personal de lecturas no interviene el equipo de medida, se limitan a tomar un registro del estado del medidor para su posterior facturación, por lo cual no se hace necesario el aviso previo al usuario y a la vez complementan las medidas de distanciamiento físico preventivo.

Cabe señalar que de acuerdo al artículo 172° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas el equipo de medición deberá encontrarse en un lugar accesible para el respectivo control por parte del concesionario; en caso contrario, la empresa se encuentra facultada a efectuar la facturación empleando un sistema de promedios.