DEFENSORÍA DEL PUEBLO: SE REQUIEREN MÁS CANALES DE CONSULTA PARA BENEFICIARIOS DEL BONO FAMILIAR UNIVERSAL

Se supervisará que bancos consideren la lengua de señas y las condiciones de discapacidad que puedan presentar los beneficiarios.

La Defensoría del Pueblo exhortó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) y al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), como entidades a cargo del Bono Familiar Universal (BFU) en el ámbito rural y urbano, emitir mensajes masivos a fin de prevenir la aglomeración y traslados innecesarios de la población hacia los bancos. 

Asimismo, la institución solicitó se expliquen cuáles fueron los criterios de elegibilidad adoptados para esta segunda entrega del apoyo económico previsto para la población más necesitada en el marco de la crisis sanitaria. Estas demandas se realizan en consideración a la existencia de hogares que han sido beneficiados con alguno de los anteriores bonos y que ahora no han sido contemplados en esta nueva entrega.

De la misma manera, la Defensoría del Pueblo sugirió la incorporación de un espacio de preguntas/consultas frecuentes en la plataforma virtual habilitada para la segunda entrega del Bono Familiar Universal www.bfu.gob.pe, que contenga información relevante, en un formato sencillo y amigable. Por ejemplo, de los pasos a seguir para aquellos casos donde los titulares del cobro del bono perdieron su DNI, fallecieron, se encuentren en el extranjero, privados de su libertad o con alguna discapacidad o problema de salud que le impida desplazarse a las agencias bancarias.
 
Al respecto, se ha advertido que en la referida página web se viene difundiendo la línea telefónica 1811, como único canal dispuesto para la atención a la ciudadanía. Por ello, se demanda la habilitación de otros medios de atención, como el correo electrónico o formulario virtual, los cuales estuvieron a disposición de la ciudadanía en la entrega de los anteriores subsidios, para la absolución de consultas y el registro de casos.

La Defensoría del Pueblo ha advertido que, si bien la iniciativa de canalizar el pago del segundo Bono Familiar Universal a través de diversas modalidades y con un cronograma de entrega permitirá reducir las aglomeraciones de personas en las entidades financieras, es necesario difundir masivamente que este segundo subsidio monetario será entregado hasta en 5 fases con diversas fechas de inicio (entre 10 de octubre hasta el 15 de diciembre de 2020) y medios para hacerse efectivo.

Por otro lado, la institución recordó a las entidades bancarias que deben considerar la atención de las personas con discapacidad y, en el interior del país, la lengua de usuarias/os beneficiarias/os del Bono Familiar Universal como el quechua, aimara, u otras lenguas indígenas. Además, recordó que conforme a la Ley No 28683, Ley de Atención Preferente, deben tener implementado protocolos y procedimientos específicos para asegurar la atención preferente en ventanilla y plataforma en toda su red de oficinas a nivel nacional, que cumpla con las normas de atención de las personas adultas mayores, mujeres embarazadas y de personas con discapacidad. 

Finalemente, la Defensoría del Pueblo señaló que iniciará una supervisión en defensa de las personas que tuvieran dificultades para acceder al referido bono. Para ello recibirá quejas de la población mediante sus diversos canales de atención, entre ellos el número gratuito de emergencia 0800-15-170. Asimismo las 38 oficinas descentralizadas de la entidad atenderán mediante más de 50 líneas telefónicas que pueden ser encontradas en el siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/oficinas/. Asimismo, pueden presentar sus quejas, consultas y petitorios al correo electrónico consulta@defensoria.gob.pe