DEFENSORÍA DEL PUEBLO: LAS DEMUNA PROVINCIALES DE PASCO NO CUENTAN CON ACREDITACIÓN ANTE MINISTERIO DE LA MUJER

Supervisión permitió detectar que en algunos casos no se cuenta con el personal requerido para conformar equipos multidisciplinarios, entre otras deficiencias.

Tras una supervisión a las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente (Demuna) de las municipalidades provinciales de Pasco, Daniel Alcides Carrión y Oxapampa, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Pasco constató que ninguna de estas entidades se encuentra acreditadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), lo que podría limitar su intervención en casos de riesgo de desprotección familiar de niñas, niños y adolescentes.

Durante la supervisión también se conoció que dos Demuna provinciales no tienen sus equipos multidisciplinarios completos, los cuales deberían estar conformados mínimamente por profesionales en derecho y psicología. Así, en la Demuna de Daniel Alcides Carrión falta la contratación de especialista en psicología, mientras que en la de Pasco no se cuenta con profesionales en ninguna de las dos materias.


En el caso de la Demuna de Oxapampa, si bien cuenta con ambos profesionales, su abogado no se encuentra habilitado por el colegio profesional local. Según se informó, esta situación no permite una adecuada atención a niñas, niños y adolescentes de su jurisdicción, lo que origina que los casos sean derivados a los juzgados de paz y otras instancias, generando con ello el desplazamiento adicional de usuarias y usuarios del servicio.

La intervención comprendió también una visita a la Demuna del gobierno local de Pasco, donde se advirtió que no se cumpliría con los protocolos de protección sanitaria pues no se desinfecta a las personas que ingresan a sus ambientes. Asimismo, que la rampa de acceso para personas con discapacidad se encuentra obstruida por la presencia de materiales de construcción y depósitos de basura. Por su parte, la Demuna de Oxapampa no cuenta con un área lúdica dentro de sus ambientes, destinada a niñas, niños y adolescentes.

Ante ello, la sede de la Defensoría del Pueblo en Pasco recordó los alcances del Reglamento del Servicio de las Defensorías de la Niña, Niño y Adolescente aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MIMP y del Decreto Legislativo 1297 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MIMP, que regulan la atención a niñas, niños y adolescentes sin cuidados parentales o en riesgo de perderlos, según el cual corresponde a los gobiernos locales implementar servicios adecuados y oportunos a favor de la niñez y la adolescencia a través de las Demuna, las cuales deben estar debidamente acreditadas, de acuerdo a los procedimientos y estándares establecidos por el MIMP.