INACAL APRUEBA NORMA TÉCNICA QUE PROMUEVE ESTÁNDARES DE CALIDAD EN LA PULPA CONGELADA DE COPOAZÚ

El Instituto Nacional de Calidad (Inacal), organismo adscrito al Ministerio de la Producción, aprobó la Norma Técnica Peruana sobre los requisitos que debe cumplir la pulpa congelada de copoazú para su comercialización, destinado al consumo humano y uso industrial, con el propósito de impulsar los estándares de calidad en la cadena productiva de este fruto amazónico. 

“El copoazú o también conocido como el cacao blanco, es un fruto silvestre que crece en nuestra Amazonía, siendo Madre de Dios, la región con mayor índice de producción de este fruto, que contribuye a la economía de los productores de la zona y para elevar los estándares de calidad en el procesamiento de la pulpa congelada de copoazú, el Inacal promueve la aplicación de esta norma técnica que permitirá mejorar los procesos en la cadena de valor de este producto y facilitará el acceso para su comercialización a más mercados locales e internacionales”, destacó Clara Gálvez, presidenta ejecutiva del Inacal.

La “NTP 012.901:2021 COPOAZÚ. Pulpa congelada. Requisitos. 1ª Edición”, explica las definiciones, entre ellas por el tipo de despulpado (artesanal o mecánico); establece requisitos generales, las características sensoriales, físicas, fisicoquímicas y microbiológicas de la pulpa de copoazú; establece consideraciones para el congelado, envasado y etiquetado, almacenamiento y transporte de la pulpa de copoazú; entre otras exigencias de calidad.

Principales requisitos de calidad:

La pulpa de copoazú debe tener apariencia y textura cremosa o viscosa y pegajosa (según el tipo de despulpado), de olor característico del fruto, con un sabor ligeramente ácido - agridulce y de color blanco cremoso a amarillento. Libre de materias extrañas como, piedrecillas, arena, pelos, hojas, astillas, insectos, e impurezas que afecten al aspecto general del producto. 

En cuanto al congelamiento de la pulpa de copoazú, debe realizarse en el menor tiempo posible para evitar la degradación del producto, así como olores y sabores a fermentado, y la formación de espumas; este proceso no deberá considerarse completo hasta una vez lograda la estabilización térmica, la temperatura del producto en el centro térmico no haya descendido a -18°C (0 °F). 

Con respecto al envasado de la pulpa de copoazú congelada debe ejecutarse inmediatamente después del despulpado, para evitar el deterioro, y la contaminación física, química o microbiológica. Además, los envases deben ser de primer uso, de grado alimentario, sellado herméticamente, para evitar pérdidas del producto o una posible contaminación, también deben estar secos, sin transmitir olores ni sabores extraños al producto, garantizando la inocuidad del alimento.

Para el almacenamiento y transporte de la pulpa de copoazú se debe realizar en contenedores que permitan mantener la cadena de frío (-18 °C a -30 °C), para evitar la descongelación. Las instalaciones y equipos utilizados deben estar diseñados y adaptados a fin que garanticen la inocuidad del producto. Se recomienda que el almacenamiento de la pulpa de copoazú no sea mayor a un año, para conservar sus atributos sensoriales y fisicoquímicos. 

De esta manera, el Inacal elaboró esta norma con el Comité Técnico de Normalización de Frutas amazónicas y derivados- Subcomité Técnico de Normalización de Copoazú y sus derivados, para promover su uso y mejorar la comercialización de la pulpa de copoazú congelada destinado al consumo humano y uso industrial.

Esta norma es de carácter voluntario y se encuentra disponible para su lectura en línea previo registro en la plataforma “Sala de Lectura Virtual” en la página web: www.gob.pe/inacal