TRABAJO MULTISECTORIAL ENTRE EL MTPE Y MINEM PERMITIÓ DEROGAR NORMA QUE AFECTABA LIBRE TRÁNSITO DE TRABAJADORES DEDICADOS A LA MINERÍA

Empresas ya no deben instalar carpas para albergar a mineros ante incidencia de la COVID-19.

Con la derogatoria de la citada norma se prioriza la protección de los derechos en seguridad y salud de los trabajadores del sector minero.

Gracias a un trabajo intersectorial entre el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y el Ministerio de Energía y Minas (Minem), se publicó este martes la Resolución Ministerial n.° 451-2021-MINEM/DM a través de la cual se deroga una norma que afectaba el libre tránsito de trabajadores dedicados a la actividad minera.

Con la derogatoria de la Resolución Ministerial n. ° 129-2020-MINEM/DM de Energía y Minas se prioriza la protección de los derechos en seguridad y salud de los trabajadores del sector minero.

El dispositivo legal dejó sin efecto los “Criterios de focalización territorial” que fueron aplicados en la “Reanudación de Actividades” de explotación, beneficio, almacenamiento, transporte y cierre de minas del estrato de la gran minería, entre otros.

Como se recuerda, los criterios de focalización territorial, señalaban que debido a la propagación de la COVID-19, las empresas del sector minería debían contar con campamentos mineros y/o acondicionar componentes auxiliares o, en su defecto, disponer de alojamiento externo que sea de uso exclusivo de sus trabajadores, con las medidas sanitarias respectivas.

Debido a esta norma, algunas empresas instalaron carpas plásticas dentro del centro de trabajo para albergar a trabajadores en grupos de 15 o más, con internamientos prolongados, de entre 30 a 60 días.