RENUNCIAS A ORGANIZACIONES POLÍTICAS PRESENTADAS DESPUÉS DEL 31 DE DICIEMBRE NO SURTEN EFECTO EN LAS ERM-2022

Tampoco afectan su participación en las próximas elecciones internas de candidatos

Ante denuncias sobre casos de falsos documentos de renuncia o desafiliación, la entidad informará al Ministerio Público como corresponde

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que las renuncias a una organización política presentadas ante la entidad electoral después del 31 de diciembre pasado no tienen efectos en las próximas Elecciones Internas y, por tanto, tampoco los tienen en las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM-2022).

Así se desprende de la Ley 31357, que establece que la citada fecha es el plazo máximo en que debían haber renunciado los afiliados a una organización política para poder inscribirse como candidatos a gobernadores regionales, vicegobernadores y alcaldes de otro partido político o movimiento regional y participar en los mencionados comicios.

Dicha exigencia también resulta aplicable según lo dispuesto por la Resolución que aprueba el cronograma de las Elecciones Internas del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2022, el Reglamento sobre las Competencias del Jurado Nacional de Elecciones en Elecciones Internas para las Elecciones Regionales y Municipales 2022, el Reglamento de inscripción de fórmulas y listas para Elecciones Regionales 2022 y el referido a Elecciones Municipales 2022.

Igualmente, el 31 de diciembre de 2021 es un hito recogido en el cronograma de las ERM-2022, aprobado por Resolución N°0932-2021-JNE. De esta manera, cualquier renuncia producida después la fecha señalada, como se ha anotado, carece de efecto para este proceso electoral.

Falsos documentos de renuncia o desafiliación

De otro lado, el JNE señaló que al presentarse denuncias sobre casos de falsos documentos de renuncia o desafiliación a organizaciones políticas, la entidad electoral cumplirá con informar tal situación al Ministerio Público, a efecto que proceda conforme a sus atribuciones.