Los servidores civiles deberán retornar al trabajo presencial para fortalecer la capacidad de respuesta de los servicios brindados por las entidades públicas, y para ello, se deben cumplir las siguientes condiciones: que hayan recibido las tres dosis de vacunación contra la COVID-19, y que sus instituciones cumplan con el aforo máximo y las condiciones de salubridad establecidas por el Ministerio de Salud; caso contrario, deberán continuar en trabajo remoto o mixto.
Así lo indica la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, a través de su Informe Técnico N° 000715-2022-SERVIR-GPGSC, al establecer las condiciones que las entidades públicas en todo el ámbito nacional deben cumplir para el retorno al trabajo presencial de los servidores civiles, el cual cumple con los dispuesto por el Decreto Supremo Nº 041-2022-PCM.
Asimismo, recordó a las oficinas de Recursos Humanos del Estado que los servidores civiles con factores de riesgo deberán continuar realizando trabajo remoto o mixto, de acuerdo con la necesidad del servicio y la evaluación clínica que realicen los médicos ocupacionales o quienes hagan sus veces en sus entidades públicas. En ese sentido, aquellos que no se encuentren bajo este supuesto deberán realizar trabajo presencial.
Por otro lado, el informe señala que corresponde a los comités de Seguridad y Salud en el Trabajo de las entidades públicas vigilar el cumplimiento de las condiciones de salubridad y el aforo máximo establecido en la directiva del MINSA y la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 055-2021, conforme lo establecido en el literal f del artículo 42 del Reglamento de la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Cabe mencionar que el informe de SERVIR tiene carácter vinculante, y se emitió tras una consulta formulada por la oficina general de Recursos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en relación con las condiciones para el retorno al trabajo presencial de los servidores civiles, tomando en consideración lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 055-2022 del MINSA y las demás normas legales vigentes relacionadas con la materia.
DATO:
* Para conocer más sobre la labor de SERVIR visite la página www.gob.pe/servir