VIOLENCIA FAMILIAR NO CALLES Y DENUNCIA

La Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos te orienta y protege tus derechos  
Abogada Myrcea Vásquez- Defensora pública del Minjusdh

1. ¿Qué es la violencia familiar? 
a. La violencia contra cualquier integrante del grupo familiar es cualquier acción o conducta que le causa muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico y que se produce en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder, de parte de un integrante a otro del grupo familiar.

b. Es toda acción u omisión cometida en el seno familiar por uno de sus miembros, que menoscaba la vida o la integridad física o psicológica, o incluso la libertad de otro de los miembros de la misma familia, causando un serio daño al desarrollo de su personalidad.

2. ¿Cuáles son los tipos de violencia?
Física: son todas las agresiones que atentan contra el cuerpo de una persona, golpes, lanzamiento de objetos, encierro, etc que puedan ocasionar daños físicos.

Psicológica o emocional: es toda acción u omisión destinada a degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas por medio de intimidación, manipulación, amenaza, humillación, aislamiento, o cualquier conducta que implique un perjuicio en la salud psicológica.  

Sexual: en ella se incluyen todas las relaciones o actos sexuales, físicos o verbales, no deseados ni aceptados por la otra persona. 

Económica: ocurre cuando se utiliza el dinero como un factor para dominar o establecer relaciones de poder perjudiciales. Este tipo de violencia se puede manifestar cuando a la persona se le quita el dinero que gana, o se le niega el dinero para controlar su independencia. 
Todas estas formas de violencia son consideradas delito y son sancionadas por la ley.

3. ¿Qué se necesita para tramitar una denuncia?
Dentro de las 48 horas, debe recurrir a la comisaría, división de familia, para que el agresor sea detenido en flagrancia. En la comisaría están en la obligación de tomar la denuncia, tomar la declaración, hacer llenar una ficha de valoración de riesgo, y si hay lesiones físicas, derivar al médico legista para la toma del examen correspondiente.

La comisaría deriva el caso al juzgado de familia.  De ser el caso, el Juez va a emitir la medida de protección después de calificar declaración.

La ley le permite dos alternativas antes de emitir las medidas de protección: 
1) no llevar a cabo la audiencia única y emite las medidas de protección. 
2) puede llevar a cabo la audiencia, cuando no existen suficientes elementos de prueba que acrediten que no hay riesgo de la integridad física o psicológica.

4. ¿Cuáles son las funciones de un defensor público de víctimas que brinda los servicios en materia de violencia familiar?
Las y los defensores públicos de víctimas brindan servicio de absolución de consultas legales en materia de penal a favor de la persona agraviada; asimismo, proporcionamos acompañamiento y patrocinio legal a personas agraviadas de un delito durante el proceso judicial hasta la obtención de una decisión final. Asimismo, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos cuenta con Centros de Conciliación Gratuitos que brinda el servicio de conciliación extrajudicial que facilitan la resolución de conflictos.

5. ¿Cómo puedo acceder a los servicios de un defensor público de asistencia legal?
La defensa pública cuenta con una línea telefónica gratuita a nivel nacional, la línea 1884, a la cual se pueden comunicar y solicitar la asesoría de un defensor público que pertenezca a la dirección distrital más cercana a su domicilio.