El diario oficial “El Peruano” publicó el Reglamento y
Disposiciones Normativas para las Elecciones Regionales y Municipales 2018.
Son 19 resoluciones que contiene todo el marco normativo que
serán usados para las elecciones del 7
de octubre.
El documento contiene desde las competencias del Jurado
Electoral Especial (JEE), inscripción de los personeros ante el JEE,
procedimiento de inscripción de la lista
de candidatos, declaración jurada de hoja de vida y plan de gobierno, medio impugnatorio;
retiro, renuncia de la exclusión entre otros que todas las organizaciones
políticas debe saber.
Entre las más destacada se encuentra el Titulo III acerca de
la publicidad estatal señala.
Artículo 16.- Prohibición
general de difusión de publicidad estatal en periodo electoral Ninguna
entidad o dependencia pública podrá difundir publicidad estatal durante el
periodo electoral. Se excluye de esta prohibición a los organismos del Sistema
Electoral.
Artículo 17.- Comunicaciones no
consideradas publicidad estatal No se enmarcan dentro de la definición de publicidad estatal:
a. Las notas de prensa,
siempre que no contengan o
hagan alusión a
colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos
o cualquier otro
elemento directa o indirectamente relacionado con una
organización política.
b. Las comunicaciones internas e interinstitucionales.
c. Los avisos sobre
procedimientos a convocarse en el marco de la Ley de
Contrataciones del Estado, la
Ley de Promoción de la Inversión
Privada en Obras Públicas de Infraestructura y de Servicios Públicos, la Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales y otras normas afines.
Estos avisos, en ningún, caso pueden contener o hacer alusión a
colores, nombres, frases o textos, símbolos, signos o
cualquier otro elemento directa o indirectamente relacionado con una organización
política.
d. La información publicada en los portales electrónicos institucionales
de transparencia económica y financiera, en cumplimiento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Recuerde para presentar una denuncian no es
necesario ser abogado de profesión sólo necesita ser mayor de edad y puede
hacerlo ante el JEE o al JNE.