QUINCE AÑOS DE CÁRCEL PARA EXJUEZ DE LA CORTE DE PASCO

· Concedido de manera irregular medidas cautelares a favor de varias empresas de transporte interprovincial y negocio de tragamonedas.

En la Sala de Audiencias del Establecimiento Penal de Cochamarca, la Sala Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Pasco, conformada por los Jueces Superiores Jorge Balbín Olivera como Presidente y Director de Debates, Flor de María Ayala Espinoza y Samuel Cabanillas Catalán, condenó a quince años de pena privativa de la libertad efectiva al Exjuez del Segundo Juzgado Mixto de Pasco, Armando Janampa Oscategui, por el delito contra la Administración Publica en la modalidad de Cohecho Pasivo Específico y le fijó el pago de una reparación civil de cincuenta mil soles e inhabilitación para ejercer cargo público por el mismo periodo de la pena.
Janampa Oscátegui, fue acusado por el Fiscal Superior, de haber aceptado y recibido donativo en su beneficio, a afectos de decidir en favor de terceros, en su calidad de Juez Suplente  del segundo Juzgado Mixto de Pasco, en diversos procesos, concedido de manera irregular medidas cautelares a favor de varias empresas de transporte interprovincial de pasajeros, a pesar de la prohibición establecida por el Tribunal Constitucional mediante sentencia del 23 de febrero de 2006.

Así también, se le imputo haber declarado fundadas las demandas de amparo interpuestas  por Sllverbell S.A.C y Fortic Perú S.A.C. contra el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocios Comerciales Internacionales, ordenando que se otorguen las autorizaciones y licencias correspondientes para la apertura del negocio de tragamonedas de las demandantes.

El colegiado, tras haber evaluado los hechos y las pruebas con el criterio de conciencia, por unanimidad, impusieron a Armando Janampa Oscategui, quince años de pena privativa de libertad, cuyo computo se inicia desde el  30 de mayo del 2017, fecha en que se puso  a derecho y cumplirá su condena  el 01 de junio de 2032;  e impusieron doscientos cuarenta días multa.

El sentenciado manifestó su inconformidad con la sentencia y presentara su apelación en el plazo de ley.