LA COMISIÓN NACIONAL CONTRA LA BIOPIRATERÍA DETECTÓ DOS NUEVOS CASOS DE BIOPIRATERÍA DE MACA POR PARTE DE EMPRESA ESTADOUNIDENSE Y DE UNA UNIVERSIDAD CHINA PARA PATENTAR MEDICAMENTOS

Hasta la fecha se han identificado 65 casos de biopiratería, de los cuales 45 han sido resueltos a favor del Estado Peruano y, otros 20, aún están en proceso.

La Comisión Nacional contra la Biopiratería que preside el Indecopi, junto con la Cancillería peruana, presentará observaciones ante las oficinas de patentes de Estados Unidos y de China, tras detectar que una empresa estadounidense y una universidad china, respectivamente, pretenden patentar dos productos que contienen la maca, recurso de origen peruano, con la finalidad de producir medicamentos.

En ese sentido, la Comisión ha determinado que dichas solicitudes de patente son indebidas, pues no cumplen con los requisitos de patentabilidad; es decir, no son novedosas y carecen de nivel inventivo, exigidos por las leyes de patentes de las diferentes oficinas de propiedad intelectual que existen en el mundo.

Se conoció que JDS Therapeutics LLC, empresa de biotecnología, solicitó el 26 de abril de este año, ante la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (USPTO), la inscripción de un producto denominado “Composiciones de maca y métodos de uso”, referido a dos variedades de maca (negra y amarilla) que servirían para el tratamiento del síndrome inflamatorio.

Mientras que, el centro de estudios Yunnan Minzu University tramitó el 24 de abril de 2018, ante la Oficina de Propiedad Intelectual de China (CIPO), el registro del “Nuevo alcaloide de Lepidium meyenii Walp. Método de preparación y su aplicación”, referido a un procedimiento de extracción de alcaloides de Lepidium meyenii y la obtención e identificación de un metabolito específico denominado Meyeniin A con actividad antitumoral.

Como se sabe, la Comisión Nacional contra la Biopiratería es única en el mundo y realiza búsquedas en las oficinas de patentes de todos los países, con el fin de identificar patentes e, incluso, solicitudes de las mismas, en las que estén involucrados los mencionados recursos biológicos.

La Comisión informó que, a la fecha, se han identificado 65 casos de biopiratería relacionados a recursos biológicos de origen peruano y conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, de los cuales 45 han sido resueltos favor del Estado Peruano.

Entre los principales recursos biológicos priorizados figuran: maca, uña de gato, sacha inchi, camu camu, tara, yacón, pasuchaca, quinua, sangre de grado, guanábana, achiote, entre otras.

Glosario:

Biopiratería

Es el acceso y/o uso no autorizado y/o no compensado de recursos biológicos o conocimientos tradicionales de los pueblos indígenas, en contravención de los principios establecidos en el Convenio sobre Diversidad Biológica y las normas vigentes sobre la materia.

Patente

Es un derecho exclusivo que se concede a una persona o empresa sobre su invención. Con este derecho, el titular puede decidir si su invención es utilizada por terceros y de qué forma. En la mayoría de los países una patente tiene vigencia de 20 años.

Requisitos de patentabilidad:

* La invención debe presentar un elemento de novedad, es decir, una característica nueva que no forme parte del cuerpo de conocimientos existente en su ámbito técnico. Ese cuerpo de conocimientos se llama "estado de la técnica".

* La invención debe implicar actividad inventiva o "no evidente", lo que significa que no podría ser deducida por una persona de nivel medio del mismo ámbito técnico.

* La invención debe ser susceptible de aplicación industrial, es decir, debe poder utilizarse con fines industriales o comerciales sin limitarse a ser un fenómeno meramente teórico, o a ser útil.

Comisión Nacional contra la Biopiratería

Fue creada para la protección al acceso a la diversidad biológica peruana y a los conocimientos colectivos de los pueblos indígenas, mediante la Ley N° 28216, publicada el 1 de mayo de 2004. Esta Comisión se encuentra adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) y es presidida por el Indecopi. Además, está conformada por representantes de las instituciones siguientes:

1. Ministerio de Relaciones Exteriores.

2. Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur).

3. Ministerio del Ambiente (Minam).

4. Comisión de Promoción del Perú (Promperú).

5. Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).

6. Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).

7. Centro Internacional de la Papa (CIP).

8. Centro Nacional de Salud Intercultural (Censi).

9. Ministerio de Cultura.

10. Sociedad Peruana de Derecho Ambiental (SPDA), en representación de las ONG.

11. Instituto Peruano de Productos Naturales (IPPN), en representación de los gremios empresariales.