Para incentivar el uso del programa se ha elaborado este didáctico video: https://youtu.be/XTcq_TtU9Gw
La Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi (CLC) presentó la “Guía del Programa de Cumplimiento de las Normas de Libre Competencia” (https://bit.ly/2Mo8Eap), que orienta a las empresas sobre los elementos más importantes que deben tomar en cuenta al momento de elaborar su propio programa. De esa manera, se promueve una cultura organizacional de respeto a las normas y se disminuye los riesgos de la práctica de conductas anticompetitivas.
Como se sabe, los Programas de Cumplimiento son un conjunto de medidas internas que las empresas adoptan voluntariamente con el objetivo de prevenir y minimizar el riesgo de infringir la ley y sus compromisos éticos, derivados de sus propias actividades económicas. Así, dichos programas asumen un rol clave al interior de una organización, en tanto les permite prevenir la ocurrencia de infracciones, detectar y reportar oportunamente los riesgos de incumplimiento, mejorar su imagen reputacional, entre otros beneficios.
La Guía desarrolla, de manera orientativa, los componentes esenciales que forman parte de un programa de cumplimiento modelo, que consisten en:
i. Compromiso real que debe cumplir la alta dirección
ii. Identificación y gestión de riesgos, tanto actuales como potenciales
iii. Procedimientos y protocolos internos
iv. Capacitaciones para los trabajadores
v. Actualización constante y monitoreo del programa de cumplimiento
vi. Auditorías al programa de cumplimiento
vii. Procedimientos para consultas y denuncias
viii. Designación de un oficial o comité de cumplimiento
La Guía reconoce que no existe un modelo único de programa de cumplimiento aplicable para todas las empresas.
Por ello, no es posible que las pequeñas y medianas empresas (PYME) puedan tener programas similares al de las grandes empresas, por eso sus programas deberían enfocarse esencialmente en: (i) compromiso real para cumplir, (ii) identificación de riesgos, (iii) programa de capacitaciones y iv) oficial de cumplimiento, cuyas funciones pueden ser ejercidas por algún alto funcionario de la empresa, sin que se requiera contratar a un funcionario adicional para que desarrolle específicamente estas labores.
Además, es importante señalar que la Guía prevé la posibilidad de que la autoridad de competencia considere como un factor atenuante de la multa el hecho de que una empresa infractora haya desarrollado un programa de cumplimiento efectivo de manera previa a la ocurrencia de la infracción.
Para recibir dicho beneficio, las empresas deberán demostrar que: (i) su programa cumple con los componentes esenciales señalados en la Guía, (ii) la infracción cometida supone un hecho infractor aislado, (iii) que actuó oportunamente frente al incumplimiento.
Es importante señalar que, de conformidad con la Ley de Libre Competencia, además de las sanciones por infracciones a dicha norma, la CLC puede ordenar a los infractores el desarrollo de programas de capacitación y de eliminación de riesgos de incumplimiento de la normativa sobre libre competencia como medidas correctivas para prevenir la comisión de conductas anticompetitivas en el futuro. Por ello, la presente Guía tiene también por finalidad proporcionar lineamientos cuando la Comisión dicte Programas de Cumplimiento en calidad de medidas correctivas.
La presente Guía, publicada hoy 03 de junio de 2020 en el diario Oficial de El Peruano, fue lanzada durante una conferencia virtual que contó con la participación de expositores internacionales quienes presentaron sus propias experiencias. Así, el gerente general de Indeco S.A., Nicolás Laurente, expuso sobre el “Compromiso de la alta dirección en los programas de cumplimiento”; la socia de Riesgos e Integridad de Ernest &Young, Cecilia Melzi, se refirió a los “Sistemas confidenciales de denuncia”; y el director asociado en Antitrust en NERA Economic Consulting, Ai Deng, abordó “El uso de la inteligencia artificial en los programas de cumplimiento de la libre competencia”.
Asimismo se desarrolló un panel que estuvo integrado por la Oficial de cumplimiento y consultora de la Guía, María Luisa Egúsquiza; la socia del Estudio Echecopar y presidenta del Comité de Compliance de AmCham, Teresa Tovar; y el gerente general del Indecopi, Javier Coronado.
La bienvenida la dio el presidente del Consejo Directivo del Indecopi, Ivo Gagliuffi; mientras que la presentación estuvo a cargo del secretario técnico de la CLC, Jesús Espinoza.
Con esta iniciativa, el Indecopi continúa demostrando su compromiso por fortalecer la eficacia de la Ley de Libre Competencia en los distintos sectores de la economía, generando una cultura de competencia y contribuyendo con el desarrollo económico y el bienestar de los consumidores.