SALA PENAL ESPECIAL DE PASCO SENTENCIA A SEIS AÑOS DE PENA PRIVATIVA A EX FISCAL POR DELITO DE COHECHO ACTIVO ESPECÍFICO

Además de inhabilitarla para asumir cargo público y reparación civil de 3 mil soles

La Sala Superior Penal Especial de la Corte Superior de Justicia de Pasco, condenó a seis años de pena privativa de la libertad efectiva a Lourdes María Baca Cano, por el delito de cohecho activo específico, por hechos que se produjeron cuando la acusada se desempeñaba como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco.

De acuerdo a la sentencia, Lourdes Baca Cano, en el año 2015, cuando fue designada en el segundo despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Pasco, habría intercedido a favor de un empresario para archivar los casos 167-2015 y 251-2010, que se tramitaban en el primer despacho Fiscal.

Fue así que, a cambio de obtener un beneficio, actuó como intermediaria de un tercero, ofreciendo al Fiscal Provincial Hugo Epifamio Gordiano Velásquez, la entrega de una camioneta, a cambio de que influya en la decisión de archivar los aludidos casos, que estaban a cargo de la Fiscal adjunta provincial, Carmen Gabriela Lagos Faydel, adscrita al primer despacho. siendo esta última quien denunció la inconducta funcional.

Por ser un caso que implica a una ex fiscal, estuvo a cargo de la Sala Superior Penal Especial de Pasco, integrada por los jueces superiores Flor de María Ayala Espinoza, como presidenta y directora de debates, y los doctores Miguel Pando Colqui y Giovanni Felix Palma.

Este colegiado tras verificar las pruebas y testimonios presentados por la fiscalía, condenó a la acusada como autora del delito cometido por funcionarios públicos en la modalidad de cohecho activo específico (oferta de donativo, ventaja o beneficio a un fiscal, con el objeto de influir en la decisión de un asunto sometido a su conocimiento o competencia) en agravio del Estado (Ministerio Público).

Por ello se le impuso seis años de pena privativa de libertad efectiva, la que deberá cumplir en el centro penitenciario que asigne la autoridad competente, disponiendo la suspensión en la ejecución provisional, sólo mientras dure la tramitación del recurso impugnatorio ante la instancia superior.

Además, se le impuso el pago de S/ 8,120.08, equivalente a 486 días, la inhabilitación para obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público, por igual tiempo de la pena privativa; y una reparación civil a favor del actor civil (Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios Públicos de Pasco, en la suma de S/. 3,000.00. 

En este mismo proceso, al no existir prueba suficiente, Lourdes María Baca Cano, fue absuelta del presunto delito de tráfico de influencias, disponiéndose a archivar definitivamente los actuados. Fallo que ha sido apelado por la Fiscalía y Procuraduría Anticorrupción.