MTPE APRUEBA DIRECTIVA SOBRE EL USO DEL SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA QUE PERMITA LA PREVENCIÓN Y SOLUCIÓN DE LOS CONFLICTOS LABORALES

Sistema permite registrar la información y seguimiento de los conflictos laborales de naturaleza colectiva a nivel nacional.

Con la finalidad de garantizar y precisar la información que debe ser registrada, así como fortalecer las capacidades de las Autoridades Administrativas de Trabajo y de los operadores a nivel nacional, además de permitir el seguimiento de los conflictos laborales, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) aprobó las normas para el uso del Sistema de Alerta Temprana (SAT).

A través de la Resolución Ministerial N.° 131-2022-TR, el MTPE aprobó la directiva que busca contar con un instrumento técnico que determine el procedimiento para el uso del software SAT, mediante el cual se registre todas las solicitudes o informaciones de pliegos de reclamos, huelgas, paralizaciones intempestivas u otros conflictos de carácter colectivo -reportados a la Autoridad Administrativa de Trabajo- permitiendo una oportuna intervención para la prevención y solución de los mismos.

Asimismo, establece las pautas que deben seguir las Direcciones y/o Gerencias Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo (DGRTPE) con relación a su uso, así como las pautas generales para el registro de una alerta en el SAT.

Cabe indicar, que en el 2011 se implementó el SAT en la Dirección General de Trabajo, capacitándose a todas Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo.

En el 2012, el SAT pasó a ser administrado por la Dirección de Prevención y Solución de Conflictos Laborales y Responsabilidad Social Empresarial Laboral de la Dirección General de Trabajo del MTPE, brindándose desde ese año capacitaciones continuas a las DGRTPE a nivel nacional sobre su uso. Y, en mayo de 2018, se presentó una segunda versión -más rápida y sencilla- del SAT.

El dato

Finalmente, cabe destacar, que desde el 01 de enero hasta el último 31 de mayo se han registrado 373 alertas.