HASTA EL MOMENTO, 22 LISTAS DE CANDIDATOS LOGRARON SU INSCRIPCIÓN PARA LAS EMC 2023

Otras dos vienen tramitándose, una por una tacha contra el candidato a alcalde y otra porque debe publicarse la resolución de admisión para ingresar al periodo de tachas

Hasta el momento, de las 24 listas de candidatos presentadas para participar en las Elecciones Municipales Complementarias 2023 (EMC 2023) del 2 de julio próximo, 22 lograron su inscripción para participar en este proceso electoral, reportó el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima.

Así, de las 22 nóminas en referencia, tres corresponden a Manitea (La Convención, Cusco), Aparicio Pomares (Yarowilca, Huánuco) y a Lari (Caylloma, Arequipa); mientras que dos a Huamantanga (Canta, Lima), Salcabamba (Tayacaja, Huancavelica), Chinchihuasi (Churcampa, Huancavelica), Recta, (Bongará, Amazonas) y Chimban (Chota, Cajamarca).

En tanto, una pertenece a Aco (Corongo, Áncash), Pion (Chota, Cajamarca) y Canis (Bolognesi, Áncash).

En cuanto a las otras dos listas restantes de las 24 señaladas, una de ellas concierne a la presentada por Somos Perú para la alcaldía de Manitea, en cuyo caso se ha presentado una tacha contra el candidato a burgomaestre, por lo cual la nómina aún se encuentra en trámite hasta resolverse dicho recurso.

La otra es la presentada por Alianza Gobierno Unidad y Acción – AGUA, para el distrito de Aco. Al respecto, el Pleno del JNE declaró fundada en parte la apelación interpuesta por la citada organización política, motivo por el cual Beatriz Cucho Ccama ha sido reincorporada como postulante a regidora, por lo que dicha candidatura deberá publicarse en los lugares correspondientes para su ingreso al periodo de tachas.

De esta forma, el JEE de Lima viene resolviendo las solicitudes de inscripción de candidatos dentro del plazo previsto, con celeridad e imparcialidad, revisando el estricto cumplimiento de los requisitos establecidos.

En tal sentido, ha verificado la observancia de las cuotas electorales (jóvenes y comunidades nativas y campesinas y pueblos originarios), la paridad y alternancia de género (50 % de mujeres y 50% de hombres en los postulantes a regidores), las actas de comicios internos, las Declaraciones Juradas de Hojas de Vida, la presentación de planes de gobierno, entre otras exigencias de acuerdo a la normativa electoral vigente.

Igualmente, el Supremo Tribunal Electoral viene pronunciándose con estricto apego a ley respecto a los recursos elevados a esta segunda y definitiva instancia electoral.