Ejecución de sentencia se encuentra suspendido hasta que se resuelva la apelación
El Juzgado Penal Colegiado, de la Corte Superior de Justicia de Pasco, conformado por el Dr. Héctor Martin Uriol Olortegui como Presidente, la Dra. Enriqueta Vilma Jáuregui Dextre y el Dr. Ronald Illatopa Machuca como Director de Debates, condenaron a ocho años de pena privativa de libertad de carácter efectiva al acusado Vidal Licas Coronado por haber sido encontrado responsable del Delito Aduanero, en la modalidad de Tráfico de Mercancías Prohibidas, en agravio del Estado, quien encontrándose en libertad se suspende su ejecución hasta cuando sea resuelto por el superior en grado el recurso de apelación
Asimismo le impusieron la pena de treinta días multa que deberá pagar a favor del Estado del veinticinco por ciento de sus ingresos (25%) diarios, teniendo como ingreso mensual de 1,000.00 soles, equivalente a 6,077.26 soles, dentro del plazo de diez días y le fijaron como el monto de la reparación civil que deberá pagar el sentenciado en ejecución de sentencia a favor de la parte agraviada Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT en la suma de 2,000 soles, sin perjuicio de trabarse embargo sobre los bienes que se sepa de su propiedad en caso de incumplimiento.
El acusado Vidal Licas Coronado es transportista de materiales agregados y se dedicaba al transporte en calidad de conductor, en la ciudad de Lima desde el año 1998, por lo que se encontraba interesado en adquirir un vehículo camión. Es así que, adquirió un vehículo camión con año de fabricación 1991, el cual no declaro ante ADUANAS e ingreso de manera ilegal a este País, y fue inscrito ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos de Pasco , en fecha 19 de diciembre de 2007; valiéndose de documentos falsos, luego de la inscripción ante la SUNARP PASCO, el acusado transfirió el bien mueble, a favor de sus hijos, para luego ser transferido a favor de un tercero en fecha 2015, hechos que son investigados en la ciudad de Lima. Siendo así, que en fecha 02 de enero de 2017 personal policial intervino el referido vehículo en las inmediaciones de la Av. Huancavelica y Mariátegui – El Tambo – Huancayo – Junín, donde se pudo advertir de su ilegal ingreso al país.
El colegiado, tras una minuciosa evaluación de los medios probatorios, testimoniales, en audiencia virtual, por unanimidad encontraron responsable de la comisión de Delito Aduanero, en la modalidad de Tráfico de Mercancías Prohibidas, previsto y sancionado en el artículo 8° de la Ley de Delitos Aduaneros N° 28008 del diecinueve de julio del dos mil trece vigente al momento de los hechos.